Informes · edificio

Inspección y evaluación de edificios

Inspección técnica periódica del edificio, que en muchos territorios incorpora también accesibilidad y eficiencia energética además de conservación.

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Fachada de edificio residencial siendo inspeccionada técnicamente
  • Espacios
  • Personas
  • Entorno
  • Valor real
  • Enfoque técnico
  • Trato personal
  • Rigor técnico
  • Compromiso con tu proyecto
Documentación técnica: cuaderno de bocetos y planos — imagen conceptual

Cómo lo planteamos

De la revisión documental al informe

Cada edificio se estudia de forma individual; este es el recorrido habitual, ajustado a lo que contrates en cada caso.

  1. Revisión documental

    Del edificio y su expediente disponible.

  2. Inspección visual

    De elementos comunes y, cuando proceda, viviendas con acceso autorizado.

  3. Informe

    Con el resultado y calificación del estado del edificio.

Alcance del encargo

Áreas que puede cubrir la inspección

  • Conservación

    Estado general de estructura, fachadas y cubiertas.

  • Accesibilidad

    Cuando el territorio lo incluye en el informe.

  • Energía

    Eficiencia energética del edificio, cuando proceda.

En qué consiste

La Inspección Técnica de Edificios (ITE) y el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) son revisiones periódicas obligatorias en determinados territorios y supuestos, centradas en el estado de conservación del edificio. En varias comunidades autónomas, el IEE amplía el alcance a accesibilidad y eficiencia energética, además de conservación.

Aviso: el nombre del trámite, su alcance exacto y la periodicidad exigida dependen de la comunidad autónoma y, con frecuencia, también del municipio y de la antigüedad del edificio. Este texto es una descripción general.

(No todos los territorios exigen las tres áreas conjuntamente; se confirma según la normativa local aplicable al edificio concreto.)

Para comunidades de propietarios

Este servicio se dirige habitualmente a comunidades de propietarios que deben cumplir con la inspección periódica de su edificio, o que quieren anticiparse a una convocatoria antes de que sea exigible.

Entregables

  • Informe de inspección conforme al modelo exigido en el territorio.
  • Relación de deficiencias observadas, si las hubiera.
  • Orientación sobre los siguientes pasos administrativos.

¿Necesitas este servicio?

Indícanos el municipio, la antigüedad del edificio y si actúas como comunidad de propietarios para orientarte sobre el alcance aplicable.

Preguntas frecuentes

Respuestas generales y orientativas; no sustituyen el análisis de tu caso concreto.

¿Cuándo es obligatoria la inspección de mi edificio?

Depende de la antigüedad del edificio y de la normativa autonómica o municipal aplicable; muchos territorios fijan la obligación a partir de una determinada edad del inmueble, revisable periódicamente.

¿Qué incluye la inspección en mi comunidad autónoma?

Como mínimo, el estado de conservación; en varias comunidades autónomas se añade también accesibilidad y eficiencia energética. El alcance exacto se confirma según el territorio antes de empezar.

¿Qué pasa si se detectan deficiencias?

El informe las recoge y orienta sobre los siguientes pasos administrativos (plazos de subsanación, comunicación al ayuntamiento, etc.), que varían según la gravedad y el territorio.

Espacio exterior mediterráneo con olivo y vistas al mar — imagen conceptual

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